1-Crecimiento Territorial.

Después de siete años de guerra, en 1783 los norteamericanos consiguieron su independencia. Esta calidad la obtuvieron los mismos que habían iniciado la lucha: las trece colonias encabezadas militarmente por George Washington, y no hay superlativo suficiente para enfatizar la importancia de esta unión conservada durante toda la guerra; basta observar por contraste el caso de México, donde los antiguos líderes habían muerto fusilados y la facción que ganó al final, la de los criollos encabezados por Iturbide, estaba totalmente desligada de los primeros insurgentes en sus personas y en sus objetivos; como resultado, Estados Unidos vivió en paz interna hasta 1862 y México en perpetua revolución hasta 1875.

Pero había problemas en EEUU; el principal de ellos consistía en que estaban unidos por los Artículos de la Confederación (todavía no tenían una Constitución) que agrupaba a trece colonias fuertes y un gobierno central sin recursos y sin poder; continuando en esa dirección, el futuro sería desmembramiento y que cada colonia por su lado proclamara su independencia y constituyera un nuevo país. La conveniencia de grupo era construir una Federación, es decir una república en donde hubiera un equilibrio de poderes entre el gobierno central y los estados; pero hay tantas maneras de hacerlo como se le puedan ocurrir a uno, y ese el enorme problema práctico que tuvieron que resolver los norteamericanos.

Accediendo a crear la Federación, el problema potencial era el centralismo, que significaría demasiado poder para el gobierno central a costa del de los estados; ahora bien, esta posibilidad tenía que compararse con la realidad del momento: los estados se manejaban en forma independiente, casi como si fueran países, había problemas en las fronteras, en los ríos que delimitaban uno y otro y en los que atravesaban varios estados, las reglas de comercio tendían a ser proteccionistas de cada estado, imponiendo aranceles a la “importación” de mercancías de otro estado, etc. La amenaza de anarquía los convenció de buscar la forma de hallar una forma de gobierno a la medida de todos.

El Congreso, que había sido la autoridad suprema de las trece colonias desde 1776, cuando declararon su independencia, tenía ahora dos asuntos de primer nivel:

  1. El más importante, de largo alcance: redactar una constitución.
  2. El urgente, de índole práctica: regular el crecimiento territorial.

El primero es natural en cualquier país recién nacido; el segundo, en cambio, estaba en abierto contraste con lo que sucedió en el México Independiente, donde inmediatamente perdimos Centroamérica y nos desinteresamos de las posesiones en el norte, perdidas finalmente a favor de EEUU; en el fondo está probablemente la diferencia de mentalidades anglosajona y española: los anglos buscaban la manera de crear riqueza, los españoles estaban felices explotando las minas de plata.

El crecimiento territorial tiene su propia historia. Las trece colonias habían reclamado como propias diversas franjas de terreno más al oeste, llegando hasta el río Mississippi; estos eran territorios poblados escasamente por los indios, y duplicaban el territorio original del país. Los terrenos del oeste habían sido cedidos al gobierno central durante la guerra para pagar costos de guerra, y el Congreso planeaba venderlos; se vio en la necesidad de atender el asunto porque una vez consumada la independencia, las presiones de la gente para moverse hacia el Oeste y colonizarlo se hicieron muy grandes y existía el riesgo de que esa colonización se realizara de manera caótica, que surgieran ahí estados demasiado independientes y que eventualmente se formaran otros países o peor aún, cayeran en manos de ingleses, franceses o españoles, ya que los ingleses todavía eran dueños de Canadá, el territorio alrededor del Mississippi lo peleaban franceses y españoles, y más al sur estaba Texas, parte de la Nueva España. Thomas Jefferson, quien había redactado la Declaración de Independencia, escribió un documento que delineaba las reglas de expansión:

  1. Se organizarían las regiones del Oeste como “Territorios”, controlados por el gobierno central.
  2. De esos Territorios se formarían nuevos Estados, conforme creciera su población.

Las reglas de Jefferson no eran un documento vacío o hipotético, sino respondían a una presión que se estaba dando en la población: avanzar hacia el Oeste, porque el país había empezado a recibir inmigrantes que venían huyendo de una Europa permanentemente en guerra, y que algunos de ellos, como los irlandeses, venían de los lugares pobres de Europa, en donde había hambre y faltaba tierra y trabajo; la perspectiva de conseguir tanto terreno como quisieran, a precios bajos, contrastaba con la imposibilidad de hacerlo en Europa, a ningún precio, a menos que se perteneciera a la nobleza. Esta dinámica de crecimiento, que venía de la masa del pueblo y no estaba empujada por las autoridades, contrasta con la colonización forzosa de Siberia y con la casi inexistente colonización de Texas y California por los mexicanos.

Se presentó una circunstancia en 1787, que es emblemática de las fuerzas que movieron al país. Al noroeste del río Ohio había terrenos que inicialmente fueron reclamados por las colonias del norte (ahora estados), y que el Congreso quería vender a los particulares. Lo hizo de una manera organizada, creando villas de seis mi2 (millas cuadradas) con terrenos aledaños que serían formados por 36 secciones, cada una de 640 acres. En nuestro sistema de medidas, 1 milla = 1.609 km, mi2 = 2.59 km2; una milla cuadrada es igual a 640 acres, y el acre es igual a 4046 metros cuadrados. Por lo tanto, una sección =  1 mi2 = 640 acres = 640 x 4046 m2 = 2’589,440 m2, aproximadamente 260 hectáreas, lo que es una propiedad agrícola de tamaño razonable. El Congreso estimuló la venta ofeciendo un precio muy barato: un dólar por acre, es decir el valor de cada sección sería US$640, la unidad mínima que vendería el Congreso. Cualquier recién emigrado a EEUU hubiera comprado con gusto una sección a ese precio, el problema es que casi ninguno de ellos disponía de los 640 dólares, y la tierra terminó vendiéndose a compañías especuladoras. Una de ellas, la Ohio Company, vio inseguridad a futuro con esas tierras y pidió reglas claras al gobierno para saber en lo que se metía; en otras palabras, estaban dispuestos a invertir, pero querían que el gobierno central respaldara la operación dando reglas de negocio y garantizando que no habría sorpresas más adelante, por ejemplo que los indios pudieran reclamar la tierra o que fueran amenazados por los ingleses. De esta forma, por una conciencia general de que había que regular el crecimiento, más una presión de los ciudadanos (en este caso los dueños de Ohio Company) el Congreso deliberó y creó la Ordenanza del Noroeste (Northwest Ordinance) para establecer las reglas del juego:

  1. Se creaba el Territorio del Noroeste, con un gobernador nombrado directamente por el Congreso.
  2. Este territorio comprendía la región entre el Río Ohio (sureste), los Grandes Lagos (al norte), el río Mississippi (al oeste), y el estado de Pensilvania (al este). La superficie era de 260,000 mi2 = 670,000 km2.
  3. Cuando la población creciera en el territorio, se crearían nuevos estados, mínimo tres, máximo cinco.
  4. Los nuevos estados formarían parte del país al mismo nivel y con los mismos derechos que los trece estados originales.

Este documento es una maravilla de sabiduría política. En el caso de que los nuevos estados hubieran tenido una posición subordinada con respecto a los originales, el futuro del país hubiera caído en la división interna y el desmembramiento, por el resentimiento de la población en los nuevos estados de ser considerados ciudadanos de segunda. Con la decisión que tomó el Congreso, mató dos pájaros de un tiro: preparó el camino para el crecimiento del país conservando su integridad, y estimuló a la iniciativa privada y a los individuos a invertir su dinero y su trabajo en el nuevo territorio. No nada más la Ohio Company, sino cualquier otra compañía que quisiera especular con el terreno, y también a los ciudadanos que compraran fragmentos más pequeños que una sección (vendidos por las compañías), o que la compraran a crédito: todos vieron certeza en la posesión de esa tierra y decidieron arriesgarse. Este territorio se dividió en los actuales estados de Ohio, Indiana, Illinois, Michigan y Wisconsin.

Juzgando la ordenanza desde el punto de vista de los blancos, es una joya de saber político y comercial; pero no es el único punto de vista, también existía el de los indios que poblaban, aunque escasamente, todo el territorio de Norteamérica. Desde su perspectiva es una enorme injusticia, porque no se tomó en cuenta su opinión y se consideró que no tenían derecho a esas tierras, o que en caso de tenerlo, terminarían por ceder su derecho a los blancos y emigrar más hacia el Oeste. A pesar de que el Congreso adornó al documento con palabrería respetuosa hacia los indios, por ejemplo declarando que no se tomarían tierras sin su consentimiento, todo mundo estaba consciente, por la experiencia en las trece colonias, que no sería así, que los forzarían a desalojar sus tierras y a irse a vivir más lejos, nada más a esperar que los alcanzara la ola colonizadora de los blancos para quitarles sus nuevas tierras.

Pero los Estados Unidos fueron en su origen un país de blancos anglosajones, que supieron crear las condiciones adecuadas para que más hombres como ellos llegaran de Europa con la voluntad de aprovechar las oportunidades de trabajo que se les ofrecían; formaron una fuerza colonizadora que obligó al gobierno a legislar la manera de colonizar, y tanto las grandes empresas como los particulares identificaron que no les convenía lanzarse a la rapiña de terrenos al Oeste, simplemente apoderándose de tierras deshabitadas, sino que aceptaron pagar un precio por ellas por la conveniencia de formar parte de un grupo que como nación, los protegería.

No todo fue miel sobre hojuelas. La especulación de tierras provocó aumento de precios, depreciación del papel moneda emitido por los estados, y la intervención del banco central para tratar de controlar el pánico de 1819.

Vemos en esta pequeña historia que el devenir de los Estados Unidos se organizó en base al crecimiento económico y que los problemas que tuvieron en sus primeros años fueron por esta razón, al revés de los países de Europa que habían estado en guerra por siglos por cuestiones dinásticas, o México, en donde los problemas fueron la desigualdad en su población y la explotación de sus riquezas por la corona española.

Por otro lado, quizá Marx tenía razón y es el dinero lo que mueve al mundo. Sin embargo, en Europa, en la Nueva España y en el México Independiente la lucha por el dinero se daba a partir de profundas desigualdades sociales, y en Estados Unidos se luchó también por los dólares, pero partiendo de la convicción de que todos los norteamericanos eran iguales. Creo que por esta razón, entre otras, Estados Unidos ha crecido más que los demás países.

2-El juez John Marshall.

La Constitución de EEUU, igual que la de México, prevé la existencia de la Suprema Corte de Justicia, el último lugar en donde pueden dirimirse las disputas legales; en nuestro caso, junto con el resto de las demás instituciones, la SCJ tuvo una historia difícil al principio de nuestra independencia, pero en EEUU entró con paso firme en la escena nacional y su voz es tan respetada que inclusive la designación de George W. Bush como presidente, después del problema de las votaciones en Florida, cayó en manos de la SCJ y la decisión se sostuvo, aunque haya sido criticada.

El cuarto presidente de la SCJ (chief justice) fue John Marshall (1755-1835), nombrado para el cargo por el presidente John Adams en 1801; es el más recordado y admirado entre sus presidentes, ocupó el cargo hasta su muerte. Ayudó a fortalecer a la SCJ, e indirectamente el Federalismo, puesto que convirtió a su Corte en árbitro de disputas en donde intervenían los Estados, y colaboró a cimentar el balance entre los poderes a través de la revisión judicial.

A la SCJ en Estados Unidos llegan casos por apelación (asuntos que se ventilan originalmente en juzgados estatales o federales) y por jurisdicción directa, es decir, los casos que pueden presentarse ahí sin pasar por los demás juzgados. Cuáles casos puede conocer (término legal para referirse a los casos en los que puede intervenir) y cuándo tiene jurisdicción directa es algo que se ha venido estableciendo con el curso de los años, conforme se presentaron las circunstancias y conforme al criterio de los jueces que ha tenido la SCJ, entre ellos John Marshall, quien jugó un papel muy importante para definir esta situación y también en gran medida para encauzar el rumbo económico del país. Analizaremos algunos de los casos importantes que trató.

Marbury v. Madison (1803). Este caso tuvo un origen político. John Adams era presidente en 1800, compitió contra Thomas Jefferson para reelegirse, y perdió; Adams representaba al grupo que quería un gobierno central fuerte (los federalistas) y Jefferson quería que los estados fueran los más fuertes (republicanos). El siguiente Congreso sería dominado por los aliados de Jefferson, Adams tomó la decisión de nombrar al vapor a 58 nuevos jueces federales, el Senado los aprobó, y ordenó a su Secretario de Estado, que era John Marshall, que enviara la comisión notificando a los interesados el nombramiento. Marshall envió algunas comisiones y otras no, presumiblemente por falta de tiempo, o quizá pensando en fastidiar más adelante a Jefferson, su pariente lejano y enemigo político. Al llegar la nueva administración y encontrarse con algunas comisiones por entregar para nuevos jueces del bando de John Adams, el presidente Jefferson dio instrucciones al Secretario de Estado James Madison de no entregarlas, lo que equivalía a no hacer efectivo el nombramiento. Tiempo después William Marbury, uno de los que se habían quedado esperando su comisión, demandó Madison para obligarlo a que la entregara, y el caso llegó a la Suprema Corte.

Al dar la opinión de la SCJ, Marshal empezó diciendo que estaba mal que Madison hubiera retenido el nombramiento y que debía entregarlo, pero:

  • el asunto había llegado a ese nivel porque el Acta Judicial de 1789 había ampliado la jurisdicción de la SCJ permitiendo que un caso así llegara en primera instancia a la Suprema corte, facultando a la SCJ para hacer mandatos (órdenes) a los miembros del Ejecutivo; esta ampliación era anticonstitucional –seguía opinando Marshall- puesto que extendía la jurisdicción fuera de los límites previstos por la Constitución.

El asunto para Marbury se terminó ahí, pero Marshall aprovechó el viaje para declarar inconstitucional un acto del Congreso (la ampliación de la jurisprudencia de la SCJ) y con esta decisión afirmó las bases en los Estados Unidos de un principio jurídico que se llama revisión judicial, es decir la facultad de una corte para revisar y declarar válidos o no los actos de otras instancias dentro el gobierno.

Marbury nunca llegó a ser juez y no fue el único enojado con Marshall; también el presidente Jefferson se molestó porque le habían jalado las orejas (diciendo que debía entregar el nombramiento), pero lo más importante fue que con esta decisión, la SCJ fortificó su posición a expensas del Congreso y ayudó a la causa Federalista.

Juristas posteriores han criticado a Marshall de muchas maneras. Por ejemplo, ¿por qué conocer el caso si no tenía jurisdicción? Pudo haber dicho que no podía enviar un mandato al Secretario de Estado sin decir cómo hubiera sido el mandato, en caso de haberlo hecho; fue un ataque a Jefferson por alguien que desde su posición, era inmune a la ira del presidente. Jefferson maniobró y atacó a varios jueces, a algunos los pudo destituir y consiguió acusar a Samuel Chase, miembro de la SCJ, e hizo que el Senado decidiera si lo quitaban. No prosperó, se quedó con su ira y Marshall vivió otros treinta años al frente de la Suprema Corte.

Fletcher v. Peck (1810). El estado de Georgia había reclamado el territorio del Yazoo, tierras al Oeste que incluían casi completos los modernos estados de Alabama y Mississippi; entre 1780 y 1795 las vendió a especuladores. Hubo una venta muy grande en 1795 en donde existieron de por medio sobornos a legisladores estatales. La siguiente administración de Georgia, partidarios de Jefferson, invalidó aquella venta. Más adelante, Mr. John Peck compró tierras que habían sido vendidas en aquella operación, y luego se las vendió a Mr. Robert Fletcher; ambas personas tenían intereses en juego porque  Georgia declaró nulo el antecedente de la operación entre ellos dos, y Fletcher decidió demandar a Peck alegando que su título de propiedad era incierto. En realidad era una demanda amistosa, puesto que ambos necesitaban que la operación entre ellos fuera legal, y por lo tanto, necesitaban que Georgia se desistiera de invalidar el antecedente, la venta fraudulenta de 1795. En 1810 el caso llegó por apelación a la SCJ, y el juez Marshall opinó en favor de Peck, o lo que es lo mismo, su título de propiedad era válido.

En este caso, Marshall se metió con el estado de Georgia, y declaró que la SCP no podía investigar los motivos de la venta (el soborno), porque estos eran cuestiones políticas y no judiciales. En este contexto, lo judicial es lo que puede conocer la corte, lo político es lo que no es de su incumbencia. Pero la corte sí podía opinar en la calidad legal de la venta de 1795 y el repudio de esa venta que hizo después Georgia, que no procedía por dos razones: 1) por la misma naturaleza del gobierno, una legislatura no puede anular una venta y reclamar una propiedad sin la debida compensación. 2) La Constitución establece lo que es un contrato y las obligaciones y derechos de las partes, y si un fraude afectara los derechos de los sucesivos propietarios, “todos los títulos serían inseguros, y el intercambio entre hombre y hombre sería seriamente obstruido”. Invalidar la venta sería ir contra la institución del contrato, establecida en la Constitución.

En este caso tanto demandado como demandante consiguieron su propósito; el precio pagado por la sociedad fue pasar por alto el fraude que apareció en la venta de 1795, lo que podía ser un antecedente peligroso (hacer operaciones fraudulentas que después serían santificadas bajo el argumento que los sucesivos propietarios no tienen por qué ser perjudicados) pero el caso más bien ha servido para facultar a la SCJ de intervenir en los estados para limitar su poderes regulatorios, y en general para revisar contratos y propiedad privadas, bajo el amparo de la definición de contrato que está en la Constitución. Esta fue una de varias opiniones emitidas por Marshall que se han interpretado como garantía y estímulo para las operaciones económicas privadas.

Gibbons v. Ogden (1824). El estado de Nueva York dio en 1798 a Robert Livingston el monopolio del transporte por río dentro del estado. Más adelante Aaron Ogden se quedó como dueño de la concesión, y entró en conflicto con Thomas Gibbons, quien empezó a operar sus propios barcos haciendo recorridos entre Nueva Jersey y Nueva York; Ogden demandó a Gibbons alegando que era el único que podía surcar los ríos de Nueva York, en su estado le dieron la razón, y el asunto llegó a la Suprema Corte.

Marshall opinó que la Constitución daba al gobierno federal la facultad de regular el comercio interestatal; ahora bien, ¿qué es “comercio”? La opinión continuaba diciendo que comercio es tráfico, pero algo más; “es el intercambio comercial entre naciones y partes de naciones, en todas sus ramas”. Los estados podían regular el comercio interno, lo que estuviera comprendido entre sus fronteras, pero cuando un acto de comercio salía de un estado y entraba a otro, se convertía en objeto federal. Por lo tanto, no tenía razón el monopolio estatal de Ogden, puesto que Gibbons realizaba un acto comercial bajo la protección del gobierno federal.

Esta decisión es posiblemente la más importante de las que tomó Marshall, puesto que amplió los límites del concepto de comercio, otorgando al gobierno federal la facultad de legislar dentro de estos nuevos límites. Económicamente fue una decisión muy sabia, puesto que acabó de una vez por todas con cualquier monopolio estatal que pudiera afectar actos de comercio interestatales, y con esto, estimuló la competencia entre empresas y la actividad comercial.

Cohens v. Virginia (1821). Los hermanos Cohen recibieron autorización del Congreso para vender billetes de lotería en DC (District of Columbia), pero empezaron a venderlos también en Virginia, donde estaba prohibida la lotería; Virginia los multó con US$100 y declaró que en este caso ella era el árbitro último de la disputa, alegando que la Constitución no da apelación (a la SCJ) en casos en donde está involucrado un estado.

Marshall opinó que la SCJ tendría jurisdicción en cualquier caso donde estuviera involucrada una cuestión constitucional, y que esto no dependía de las partes en el juicio. En otras palabras, sí podía conocer el caso. Sin embargo, observó que los Cohen tenían autorización para vender en DC, no en Virginia, y por lo tanto, Virginia tenía razón en multarlos por violar una ley estatal. De esta manera regañó a Virginia por tratar de impedirle opinar en un caso, pero finalmente le dio la razón a la multa que imponía.

Este caso es importante por sentar el precedente de que la Suprema Corte puede conocer cualquier asunto en donde está en juego la Constitución.

 3-El imperio de la ley.

Los casos mencionados que fueron tratados por Marshall son una muestra de los más de mil en que opinó. Su actuación fue muy importante porque no le importó pelearse con el presidente (Marbury v. Madison), regañar a Virgina (Cohens v. Virginia), dejar subsistir una venta aunque hubiera fraude (Fletcher v. Peck) o darle al gobierno federal la primacía en actividades comerciales interestatales (Gibbons v. Ogden). Sus decisiones pueden tener puntos criticables, como leerle la cartilla al Secretario de Estado Madison sin ningún efecto (Madison no hizo efectivo el nombramiento a Marbury), pero estas y otras muchas decisiones en las que participó contribuyeron a definir el equilibrio de poderes entre federación y estados, a establecer la importancia de la SCJ revisando actos de los estados, y a proteger a cualquiera que sintiera que sus derechos constitucionales estuvieran amenazados.

Desde la óptica de 2014, Marshall hizo bien y contribuyó a fijar la estructura legal de su país, por lo tanto no estaba haciendo otra cosa que su trabajo, no hay necesidad de levantarle un monumento. Pero en 1801, cuando empezó, las cosas no eran tan claras como ahora, existían luchas entre federación y estados, no era obvio que la Suprema Corte pudiera “entrometerse” en los asuntos de los estados o del Congreso, etc. Sin embargo, actuando como un pueblo maduro, los norteamericanos aceptaron sujetarse una y otra vez a la Constitución y a sus consecuencias; el Congreso de vez en cuando hacía una Enmienda, a la fecha tienen acumuladas 27. Pudieron más, en esa época, las conveniencias de grupo que los intereses personales o de alguna facción, por ejemplo federalistas y republicanos. Los asuntos realmente difíciles, como organizar y controlar el crecimiento hacia el Oeste se hicieron en forma satisfactoria (para los blancos); surgieron problemas, por ejemplo el acaparamiento de tierras por los especuladores, la subida enorme de precios y el pánico de 1819, hubo manchas en esa historia como el soborno a los legisladores de Georgia, pero ninguno de esos eventos fue suficiente para que el país se desintegrara.

Hubo un personaje lamentable en esa época: Aaron Burr, político neoyorkino. Jefferson lo invitó a la campaña para que fuera vicepresidente, pero no era del círculo cercano al Presidente y para el segundo mandato ya no estaba incluido; trató de ser gobernador de su estado, pero perdió la elección. Se exacerbó su enemistad con Alexander Hamilton, uno de los más importantes hombres dentro del grupo de Federalistas, también enemigos de Jefferson, quien era Republicano, y la enemistad terminó en un duelo, donde Burr mató a su oponente. No lo procesaron pero huyó de Nueva York y empezó una vida de aventurero en donde planeó un imperio en la región de Texas, aprovechando una dotación de tierras obtenida de España; recorrió a sus amigos y posibles socios obteniendo dinero y reclutando gente para invadir aquellas tierras, el asunto llegó a oídos de Jefferson y lo detuvieron acusado de traición. El juicio lo presidió Marshall, quien observó que Burr no era traidor porque su conducta no se ajustaba a la definición de traidor dentro de la Constitución: “hacer la guerra a EEUU o unirse a sus enemigos”; Burr nada más había reunido dinero, reclutado gente y revelado sus intenciones, pero no había entrado en guerra contra su país. Marshall lo dejó ir libre y vivió sus últimos tiempos en forma oscura.

El juicio de Burr (1807) es polémico en muchos sentidos; en estos tiempos, Burr hubiera parado en Guantánamo, asesinado como Lee Oswald o muerto por inyección letal. Pero probablemente tenía razón Marshall al ajustarse estrictamente a la Constitución, ya que flotaba en el ambiente del país el proyecto de engrandecerlo a costa de quien se pudiera[1]; le tocaba a la Nueva España, mala suerte para ella, lo mismo habrían de hacer otros norteamericanos años después, totalmente bendecidos por el gobierno, cuando colonizaron Texas. Pero en 1807 no se sabía lo que pasaría en 1840, y a pesar de la ira de Jefferson, Marshall dejó en libertad a Burr y todo el mundo se sometió a este veredicto.

Los actos mencionados son simplemente una muestra de eventos importantes en la historia de EEUU que nos revelan la voluntad de: 1) crear leyes adecuadas al país, 2) someterse al imperio de la ley. Decía Lincoln que no bastaba con la ley, se necesitaba hacerla cumplir; en los casos mencionados existió la ley, y las personas afectadas, inclusive si fuera el Presidente, se sometieron a lo que decía la ley. Esta es otra razón por la que los Estados Unidos crecieron más que otros países.


[1] Ver por ejemplo: https://jlgs.com.mx/traducciones/de-ingles/carta-de-th-jefferson-a-j-monroe-octubre-de-1823/


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